Filtros de búsqueda

Menos
Más
  • 182331 (1) [X]
Menos
Más
Menos
Más

Resultados

La búsqueda devuelve 1 resultados
Ordenar por: Relevancia | Fecha de expedición

Concepto 182331 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El cónyuge de un concejal de cualquier municipio y mientras tenga esta calidad, no podrá suscribir contrato con esa entidad territorial, ni directa, ni indirectamente, pues se configura la inhabilidad contenida en el artículo 49 de la Ley 617 de 2000. En otras palabras, el cónyuge no podrá, en su calidad de representante legal de la entidad sin ánimo de lucro, suscribir contrato con el municipio, ni delegar esta facultad en otra persona, pues se configuraría la inhabilidad descrita.