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Concepto 182121 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública La prohibición para el empleado que ejerza la función nominadora, consiste en que no puede nombrar en la entidad que dirige, a personas con las cuales estén ligados por matrimonio o unión permanente o tenga relación de parentesco en los grados señalados en la citada norma constitucional, es decir, hasta el cuarto grado de consanguinidad, como son padres, hijos, nietos, abuelos, hermanos, tíos, primos y sobrinos; segundo de afinidad-suegros, nueras y cuñados, o primero civil - hijos adoptivos y padres adoptantes. |
Concepto 182121 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública La prohibición de reelegir a un contralor se predica únicamente de los que han desempeñado el cargo en propiedad. Esto significa, que quien ejerció el cargo de contralor mediante la figura del encargo podrá acceder al concurso que se adelante para proveer este cargo, esto sin perjuicio de la eventual inhabilidad que podría presentarse por el ejercicio de otro empleo público en la rama ejecutiva del orden territorial, dentro del año anterior a la elección. |