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Ley 182 de 1995 - Nivel Nacional Se reglamenta el servicio de la televisión y se formulan políticas para su desarrollo, se democratiza el acceso a éste, se promueven la industria y actividades de televisión, se establecen normas para contratación de los servicios, se reestructuran entidades del sector, Art. 1 y 2. Clasificación, Art. 18 a 22. Prestación del servicio, Art. 23 a 28. Libertad de operación, expresión y difusión, Art. 29. Operación y explotación del servicio, Art. 30 a 40. Servicio por suscripción, concesiones, adjudicación, prestación del servicio, contratos, Art. 41 a 51. Reorganización de entidades del sector, supresión o modificación de organismos y dependencias; funciones de Audiovisuales, reorganización de Inravisión, Art. 60 a 62. |
Ley 182 de 1948 - Nivel Nacional Ley 182 de 1948 Régimen de la propiedad de pisos y departamentos en su mismo edificio |