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Concepto 181721 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública Se estima que no se configura un conflicto de interés o causal de recusación para que la entidad tenga que declararse impedida para conocer del caso planteado, incluso cuando la contraparte en el trámite policivo es el mismo ente territorial, toda vez que no se evidencia que pueda estar en conflicto un interés particular o familiar de quien conoce o adelanta el trámite. |