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Concepto 181311 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública El jefe del organismo o en quien este delegue evaluará si hubo justa causa para no asistir a laborar, y en caso de que dicha autoridad decida que la ausencia no está justificada deberá proceder a descontar el día o los días no laborados; sin perjuicio de las actuaciones que se deriven del incumplimiento de los deberes inherentes a la condición de servidores públicos, previsto en la normativa vigente. |