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Concepto 180921 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

-El retén social de acuerdo con la Ley 790 de 2002 es únicamente aplicable en los casos de restructuración de las entidades, por lo que no es procedente en este caso al tratarse de un concurso de méritos. -La condición de prepensionados la ostentan aquellas personas que en virtud de la norma le falten 3 o menos años para obtener su pensión de vejez -Las madres y/o padres cabeza de familia vinculados en provisionalidad no les otorga mejor derecho ante las personas que logran aprobar un concurso de méritos quedando en listas de elegibles. -Las entidades deberán crear acciones afirmativas para que en lo posible sean reubicados en otros empleos vacantes o sean los últimos en ser retirados. -La entidad deberá ofertar todos los empleos que se encuentren vacantes u ocupados por personas nombradas en provisionalidad salvo aquellos que se encuentren ocupados por personas que acrediten la condición de prepensionados para lo que la entidad deberá esperar hasta que estos obtengan el derecho a la pensión.

Concepto 180921 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si la entidad cuenta con planta global, será procedente la reubicación de los empleados públicos que gozan de fuero sindical, siempre y cuando de manera previa se obtenga el permiso o autorización del Juez Laboral.