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Concepto 180821 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública La legislación que rige a la contratación oficial no contempla el otorgamiento de licencia no remunerada al trabajador oficial, por lo tanto, la respectiva administración podrá acordar con los trabajadores oficiales las condiciones laborales, como para el presente caso, el otorgamiento de licencia no remunerada, haciendo uso de los mecanismos que se encuentran para dicha finalidad, como es la convención colectiva o fallos arbitrales, si fuere el caso. |