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Decreto 1804 de 1999 - Nivel Nacional Entidades habilitadas para administrar recursos, art. 1. Gasto Prestación de Servicios, art. 2. Reglas para la Administración del Régimen Subsidiado, art. 3. Obligaciones de las entidades administradoras, art. 4. Requisitos para la operación del régimen subsidiado, art. 5. Reglas para la obtención de la autorización de funcionamiento, art. 6. Autorización especial, art. 7. Autorización a las Cajas de Compensación Familiar para la administración directa de los recursos, art. 8 a 9. Restitución de recursos, art. 10. Socios o administradores de una ARS, art. 11. Contratación con terceros para las actividades de afiliación y carnetización, art. 12. Operaciones no autorizadas de las ARS, art. 13. Utilización del capital, art. 14. Empresas solidarias de salud, art. 15. |