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Concepto 177981 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Están obligadas a tener Reglamento Interno de Trabajo las entidades oficiales de cualquier orden, que tengan el carácter de comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas o forestales. En el sector oficial, las únicas dependencias que deben adoptarlo son las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta. |