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Sentencia 17576 de 2001 - Corte Suprema de Justicia Antes y ahora, el delito de prevaricato por acción ha sido considerado por el legislador como de especial gravedad, tanto que está enlistado dentro de aquellos en los que siempre procede la medida de aseguramiento de detención preventiva. Es entonces irrelevante, para efectos de la imposición de la medida de aseguramiento de detención preventiva que se trate de un delito de prevaricato cometido antes de la ley 190 de 1995, para el cual existía una pena mínima de 1 año de prisión, o con posterioridad a tal ley, cuando se elevó la pena mínima a 3 años de prisión, la misma que aún se mantiene. |