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Concepto 17431 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública La persona que ha superado el concurso de méritos para personero, tendrá que posesionarse a dicho cargo el primero de marzo siguiente a su elección y lo culminara el último día del mes de febrero del cuarto año, sin permitirse posesionarse antes del plazo señalado por la norma, ya que como lo estableció la Corte, se constituiría incompatibilidad, que prohíbe a un servidor del estado concurrir en dos o más cargos públicos. |