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Concepto 170421 de 2016 - Departamento Administrativo de la Función Pública Es facultad de los Acaldes o Gobernadores, según corresponda declarar las vacaciones, licencias, permisos, comisiones y demás situaciones administrativas de los Jefes de la Unidad u Oficina de Control Interno o de quien haga sus veces en las entidades del orden territorial. |