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Concepto 1661 de 2017 - Dirección de Desarrollo Organizacional Toda modificación a las plantas de personal de los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva del poder público del orden nacional, deberá ser aprobada por el Departamento Administrativo de la Función Pública. Por lo anterior, las entidades del orden territorial no están obligadas a presentar los estudios que justifican las modificaciones a plantas de personal a este Departamento Administrativo. |
Decreto Ley 1661 de 1991 - Nivel Nacional Decreto que modifica el régimen de Prima Técnica y establece un sistema para otorgar estímulos especiales a los mejores empleados oficiales.Definición y campo de aplicación de la Prima Técnica. Art. 1°Se determinan cuáles criterios deberán ser tenidos en cuenta para otorgar la Prima Técnica. Art. 2°Determina los niveles en los cuales se otorga la prima técnica. Art. 3°Límites para el otorgamiento de la Prima técnica. Art. 4°Señala la autoridad competente para asignar la Prima técnica. Art. 5°Señala el procedimiento a seguir para la asignación de Prima Técnica. Art. 6°Indica la forma de pago de la Prima Técnica y su compatibilidad con los gastos de representación. Art. 7°Hace referencia a la temporalidad de la Prima Técnica. El retiro del funcionario o empleado de la entidad implica la pérdida de la Prima Técnica asignada. Art. 8°Otorgamiento de la Prima Técnica en la entidades descentralizadas. Art. 9°Determina las excepciones para la aplicación de las disposiciones contenidas en este Decreto. Art. 10°Determina los requisitos y el procedimiento a seguir para la selección del servidor público que tendrá derecho al Premio al mejor Funcionario del Año. Arts. 11, 12, 13 Y 14Exige la creación de comités al interior de las entidades para la asignación de estímulos. Art. 15Indica la imposibilidad de interponer recursos contra las decisiones que se adopten en cumplimiento de este Decreto. Art. 16 |