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Concepto 165101 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública El Presidente de la República podrá realizar un encargo interinstitucional, de conformidad con lo establecido en el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, la cual dispone que le corresponde nombrar a las personas que deban desempeñar empleos nacionales cuya provisión no sea por concurso o no corresponda a otros funcionarios o corporaciones, según la Constitución o la ley. |