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Concepto 163221 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública La entidad si lo considera podrá conceder una comisión de estudios, siempre y cuando se cumplan los requisitos señalados por la norma para otorgar este tipo de comisión. Una vez otorgada la comisión de estudios, la entidad, de acuerdo al artículo 2.2.5.5.32 del Decreto 1083 de 2015, reconocerá al empleado el salario y las prestaciones sociales que se causen durante la comisión, la cual no podrá ser mayor a doce (12) meses. |