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Concepto 162331 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública La negociación de las condiciones de empleos de los empleados públicos entre las organizaciones sindicales y las entidades públicas, por lo tanto, el mismo no rige para los trabajadores oficiales. En este sentido no es procedente que en las negociaciones de los empleados públicos se pacten auxilios económicos extralegales por encima de los límites máximos, con o sin carácter salarial o prestacional para las respectivas vigencias fiscales. Para el caso de los trabajadores oficiales, el régimen laboral de los mismos está en el contrato de trabajo, la convención colectiva, el pacto colectivo y el reglamento y para el caso de lo pactado en los mismos. |