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Concepto 161241 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Una de las causales de retiro de un empleado público es el haber obtenido el reconocimiento a la pensión de vejez, caso en el cual, el empleador dará por terminada la relación legal o reglamentaria siempre y cuando, además de la notificación del reconocimiento de la pensión, se le notifique debidamente su inclusión en la nómina de pensionados correspondiente. Si el empleado desea continuar en ejercicio de sus funciones, de acuerdo con la ley deberá comunicar a la administración su voluntad de permanecer en su cargo hasta los 70 años, con la obligación de seguir contribuyendo al régimen de seguridad social. Una vez el cargo quede en vacancia definitiva, este deberá proveerse privilegiando el mérito, en los términos de la Ley 909 de 2004.