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Concepto 161051 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El traslado se genera por necesidades del servicio y no es un derecho del empleado, es decir, que en este caso particular una vez la entidad determine si existe o no empleado de carrera en la planta de personal para ser encargado, podrá evaluar la procedencia de efectuar el traslado solicitado, el cual se dará siempre y cuando se cumplan con los requisitos señalados en la norma, así las cosas, es facultad del nominador realizar movimientos de personal por necesidades del servicio y le corresponderá verificar la viabilidad de trasladar a un empleado.