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Decreto 1610 de 2024 - Nivel Nacional

Reglamenta el artículo 26 de la Ley 1508 de 2012.

Decreto 1610 de 2013 - Nivel Nacional

Reglamenta el artículo 26 de la Ley 1508 de 2012 en el entendido que cada año, al momento de aprobarse la meta de superávit primario para el sector público no financiero consistente con el programa macroeconómico, el Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes), previo concepto del Consejo Superior de Política Fiscal (Confis), definirá la cuantía máxima anual por la cual se podrán otorgar autorizaciones para comprometer vigencias futuras para la ejecución de proyectos bajo el esquema de asociación público privada. Para el efecto deberá tenerse en cuenta los plazos autorizados a este tipo de proyectos en el artículo 6° de la Ley 1508 de 2012. Las decisiones que se adopten deberán ser consistentes con las disposiciones establecidas en la Ley 1473 de 2011 y demás normas aplicables.