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Concepto 160351 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública El procedimiento para declarar el abandono del cargo por parte del empleador, debe adelantarse, una vez el trabajador deje de asistir por tres (3) d¿ consecutivos sin justificaci¿n, o porque no reasume sus funciones al t¿ino de una comisi¿n, permiso, licencia o vacaciones, o deja de hacerlo antes de serle concedida autorizaci¿n para separarse del servicio, siendo inviable que se proceda con este tr¿te cuando el funcionario p¿blico ha salido del Pa¿fuera de su jornada laboral ya que con esta actuaci¿n no se configura ninguna de las causales enunciadas previamente en la Ley. |