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Concepto 15891 de 2015 - Departamento Administrativo de la Función Pública No podrá ser inscrito como candidato, ni elegido, ni designado Alcalde municipal o distrital la persona natural que dentro del año anterior a la elección haya intervenido en la gestión de negocios ante entidades públicas del nivel municipal o en la celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio. |