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Concepto 151731 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Sólo procede el nombramiento provisional en caso que se trate de la provisión de vacantes generadas por renuncia, licencia o muerte indispensables para el cabal funcionamiento de la Administración Pública, esto siempre y cuando no haya sido posible efectuar la provisión de las mismas mediante la figura de encargo, en el entendido que el nombramiento provisional sólo puede usarse de manera excepcional, como lo indica la norma. |