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Concepto 151521 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública La planta de empleos temporales procede de manera excepcional y tiene su razón de ser en las necesidades del servicio, entre otras, para cumplir funciones que no realiza el personal de planta por no formar parte de las actividades permanentes de la administración; Es decir no se encuentra prohibida la prórroga de vigencia de las plantas temporales durante la vigencia de la Ley de Garantías Electorales. |