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Concepto 150891 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública "No es viable que un servidor público, como lo es un Personero Municipal, ejerza sus funciones contraviniendo los deberes y las prohibiciones que como tal le han impuesto la Ley y el Reglamento. De ser así, la persona que se sienta afectada tiene derecho a denunciar estos hechos antes las entidades de control respectivas, y serán ellas quienes investiguen y fallen sobre la responsabilidad del servidor objeto de la denuncia." |