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Concepto 15081 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública Se entiende por funciones públicas las actividades que por su naturaleza son de aquellas que corresponde cumplir a la entidad para desarrollar los fines estatales, que por razones administrativas o estructurales se pueden desplazar hacia personas que no se encuentran vinculadas a la administración como servidores públicos. |