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Concepto 150151 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública "Una vez el empleado supera el término de 180 días de incapacidad, resulta obligatorio continuar con el reconocimiento de prestaciones sociales, tales como la prima de navidad, las cesantías y sus intereses. Sin embargo, el pago correspondiente a vacaciones, prima de vacaciones y bonificación por recreación, aunque están clasificadas como prestación social, el Artículo 22 del Decreto 1045 de 1978 excluye su pagao expresamente a la incapacidad que exceda los 180 días." |
Concepto 150151 de 2013 - Departamento Administrativo de la Función Pública No es procedente la asignación de funciones de un trabajador oficial del nivel profesional a un empleado de carrera administrativa del nivel asistencial; porque no corresponden a empleos del mismo nivel jerárquico y porque la naturaleza de los empleos no son compatibles |