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Concepto 148851 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública Una vez conferida la incapacidad, el empleado está en la obligación de informar a la entidad allegando copia de la respectiva certificación expedida por la autoridad competente. De manera que, en vigencia de incapacidad médica (estado de inhabilidad física o mental), el funcionario no debería realizar actividades que pongan en riesgo su debida recuperación. |