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Sentencia 1433 de 2000 - Corte Constitucional

En una economía inflacionaria como la nuestra el salario no es una deuda de dinero sino de valor, por ello es deber del estado conservar no solo el poder adquisitivo del salario sino asegurar su incremento; proporcionando a los trabajadores ingresos acordes con la naturaleza y valor de su trabajo, sin que le sea posible discriminar a servidor alguno. (Salvamento de Voto)