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Concepto 142711 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La aplicación de las equivalencias entre formación académica y experiencia profesional para acceder a un cargo público debe darse con estricto apego a las normas que regulan la materia, en ese sentido, tanto el Decreto Ley 770 de 2005, como el Decreto 1083 de 2005 determinan que el título de postgrado en la modalidad de especialización podrá ser tenida como equivalencia por dos (2) años de experiencia profesional, siempre que se acredite el título profesional, y el título de maestría por tres (3) años de experiencia profesional, siempre que se cuente con el título de pregrado.