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Concepto 141881 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública En el caso de un empleado que se retira de una entidad y se posesiona en otra entidad u organismo público, la entidad de la que se retira deberá liquidar y pagar de manera proporcional la totalidad de los elementos salariales y prestaciones sociales propios de la relación laboral, de tal manera que inicia un nuevo conteo en la entidad a la que se vincula, a menos que exista un acto administrativo que ordene que la nueva vinculación se realiza sin solución de continuidad. Evento en el cual, no se realiza la liquidación de los mismos y se acumulan los tiempos, de tal manera que se siguen causando en la fecha de vinculación en la anterior entidad. |