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Concepto 141171 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública Una vez revisadas las normas de inhabilidades e incompatibilidades, principalmente las contenidas en los artículos 122, 126, 127, 128, 129 de la Constitución Política, no se evidencia norma que prohíba a quien fue gerente de una campaña electoral o contador posteriormente vincularse para ejercer un cargo público; teniendo en cuenta que la inhabilidad del artículo 33 de Ley 1778 de 2016, está dispuesta para quien haya financiado la misma. |