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Concepto 141131 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública No es viable que las entidades públicas dentro del acuerdo laboral pacten situaciones distintas a las contempladas en la norma y modifiquen el monto y la forma de reconocer elementos salariales como la prima de servicios y la prima de navidad; toda vez que el régimen salarial y prestacional de los empleados públicos son competencia exclusiva del Gobierno Nacional, de conformidad con lo señalado en el literal e) del numeral 19 del artículo 150 de la Constitución Política. |