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Concepto 140461 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública "De conformidad con lo analizado el servidor que en un proceso disciplinario hubiere sido suspendido provisionalmente, será reintegrado a su cargo o función y tendrá derecho al reconocimiento y pago de la remuneración dejada de percibir durante el período de suspensión, de manera que no es procedente el pago de la dotación pues para tener derecho a esa prestación deberá haber prestado sus servicios con la respectiva entidad por lo menos 3 meses de forma ininterrumpida." |