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Concepto 138351 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública "Sólo se puede autorizar el reconocimiento y pago de horas extras, siempre y cuando el empleado pertenezca al nivel técnico hasta el grado 09 o al nivel asistencial hasta el grado 19; para establecer los empleos en el nivel territorial que tienen derecho a horas extras, se deberá equiparar la remuneración con los empleos del orden nacional a los cuales tiene derecho (hasta el grado 19 del nivel asistencial que para el año 2022 corresponde a $1.966.979 o el grado 09 del nivel técnico que para la presente vigencia corresponde a $ 1.832.406), en este orden de ideas no existen disposiciones que permitan atender la situación planteada en su escrito." |