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Concepto 138161 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública "El hecho de ser contratista por orden de prestación de servicios no configura inhabilidad para postularse como como edil. Sin embargo, de ser elegido, y antes de ser acredito como tal, debe ceder o renunciar a la ejecución del contrato; toda vez que como servidor público tiene prohibido celebrar contratos con las entidades públicas." |