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Concepto 137641 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Si la incapacidad del servidor es originada por enfermedad general, los primeros tres días deben ser reconocidos por la entidad empleadora y los días que excedan serán reconocidos por el Sistema de Seguridad Social en Salud, es decir, por la respectiva EPS en la que se encuentre afiliado el empleado."

Concepto 137641 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Constituye una inhabilidad para desempeñar cargos públicos, a partir de la ejecutoria del fallo, el hallarse en estado de interdicción judicial o inhabilitado por una sanción disciplinaria o penal. La suspensión implica la separación del ejercicio del cargo en cuyo desempeño se originó la falta disciplinaria y la inhabilidad especial, la imposibilidad de ejercer la función pública, en cualquier cargo distinto de aquel, por el término indicado en el fallo sancionatorio.