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Concepto 137441 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si se trata de la imposición de una multa, de manera directa, ésta no genera inhabilidad para el ejercicio de un cargo público pues, como lo indica la norma, es de naturaleza pecuniaria. Si se trata de una sanción disciplinaria de suspensión en el ejercicio del cargo, pero que por no poder ejecutarse se convierte en salarios, mientras no sea cancelada, no se entiende rehabilitada. Así, quien pretenda un cargo público, pero no ha cancelado la suma convertida en salarios por sanción de suspensión en el ejercicio del cargo, se entenderá inhabilitado. Si se trata de un proceso fiscal en el que se le declaró responsable fiscalmente, será inhábil para el ejercicio de cargos públicos y para contratar con el Estado durante los 5 años siguientes a la ejecutoria del fallo correspondiente.