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Decreto 1373 de 2023 - Nivel Nacional Establece las reglas para la aplicación de la excepción del pago de la contraprestación periódica conforme a los parágrafos transitorios 3 y 4 del artículo 36 de la Ley 1341 de 2009. |
Decreto 1373 de 2010 - Nivel Nacional Por el cual se establece el régimen salarial y prestacional para el personal de empleados públicos docentes de los Colegios Mayores, Instituciones Tecnológicas, Instituciones Universitarias o Escuelas Tecnológicas e Instituciones Técnicas Profesionales del Orden Nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial. |
Ley 1373 de 2010 - Nivel Nacional Establece que el Gobierno Nacional deberá garantizar la vacunación gratuita y obligatoria a toda la población infantil de cero a cinco años, por lo que el Ministerio de la Protección Social, o la entidad a que corresponda, deberá actualiza el Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI), incluyendo en éste, las vacunas del Rotavirus y Neumococo en el plan básico de vacunación gratuita de manera universal. |
Decreto 1373 de 2007 - Nivel Nacional Establece una semana de receso estudiantil, para los establecimientos de educación preescolar, básica y media, la cual se tomará en la inmediatamente anterior al día feriado en que se conmemora el descubrimiento de América, y que será de receso para los estudiantes y de desarrollo para los docentes y directivos, sin que la misma modifique las 7 semanas de vacaciones de los directivos y docentes, establecidas en el Decreto 1850 de 2002. |
Decreto 1373 de 2002 - Nivel Nacional Exámenes de Calidad de la Educación Superior para los estudiantes de Derecho, art. 1 a 2. estructura y organización de los Exámenes de Estado de Calidad |
Concepto Sala de Consulta C.E. 1373 de 2001 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil La facultad de la administración para elaborar unilateralmente los pliegos de condiciones está regida, por el cumplimiento de la finalidad de interés general del contrato que se trate y por el principio de legalidad, además está limitada por los principios de transparencia, imparcialidad y buena fe. Ello impide a la entidad licitante introducir en los pliegos condiciones o reglas que contraríen el principio de igualdad para beneficiar a determinado licitante. Tampoco podrá dejar en cabeza de un solo contratista varios contratos con el mismo objeto, pues mediante el fraccionamiento de contratos se elude el proceso licitatorio, lo que constituye favorecimiento indebido. |