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Concepto 134291 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El Decreto 1045 de 1978 en su artículo12 dispone que las vacaciones deben concederse por quien corresponde, oficiosamente, o sea por parte de la entidad, de acuerdo a las necesidades del servicio, dentro del año siguiente a la fecha en que se cause el derecho a disfrutarlas.