Filtros de búsqueda

Menos
Más
  • 133621 (3) [X]
Menos
Más
Menos
Más

Resultados

La búsqueda devuelve 3 resultados
Ordenar por: Relevancia | Fecha de expedición

Concepto 133621 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Corresponde a los empleados cumplir con la jornada laboral de 44 horas semanales, así como, las entidades deben disponer dentro de su jornada laboral mínimo durante 40 horas a la semana para atender al público, así las cosas, no será viable que una entidad pública descentralizada del nivel municipal establezca una jornada laboral inferior a 44 horas semanales, de conformidad con el marco legal que se ha dejado descrito.

Concepto 133621 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Las leyes y/o decretos que regulan las primas de carácter prestacional que se otorgan a los servidores públicos, me permito indicarle que, a los servidores públicos del nivel nacional se les aplica el Decreto 1045 de 1978, y las demás normas que lo modifiquen adicionen o sustituyan; el cual aplica también a los servidores públicos de las entidades del orden territorial, en aplicación del Decreto 1919 de 2002.

Concepto 133621 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No hay impedimento para que un empleado público pueda realizar actividades, prestar asesorías o celebrar contratos tendientes a prestar sus servicios profesionales de arquitecto a un particular “para la entrega de productos o gestión de trámites relacionados con licencias de construcción en una curaduría urbana de la ciudad en mención a cambio de honorarios”, siempre y cuando estas funciones no impliquen recibir doble asignación del erario público o que al prestar sus servicios profesionales de arquitecto no incurra en la prohibición del servidor público para celebrar contratos por sí o por interpuesta persona, o en representación de otro, con entidades públicas o con personas privadas que manejen o administren recursos públicos (artículo 127 y 128 constitucional) y que dichas actividades sean realizadas por fuera de la jornada laboral; en caso contrario se violaría el deber legal de dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las labores encomendadas, propias del cargo que desarrolla como empleado público; además no deberá prestar a título particular servicios de asistencia o asesoría en asuntos relacionados con las funciones propias del cargo de la entidad donde actualmente labora.