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Concepto 13351 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

De conformidad con la normativa vigente, los empleados públicos del orden nacional y territorial que devenguen a la fecha, una asignación básica mensual no superior a un millón setecientos sesenta y tres mil doscientos veinticuatro pesos ($1.763.224) m/cte tendrán derecho a sesenta y dos mil ochocientos setenta y ocho pesos ($ 62.878) m/cte., mensuales o proporcionales al tiempo servido, pagaderos por la respectiva entidad por concepto de subsidio de alimentación, siempre que el organismo cuente con el presupuesto necesario para su reconocimiento, que la entidad no suministre directamente el alimento y que el empleado no se encuentre en vacaciones, licencia o suspendido del servicio.