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Concepto 133371 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública Conforme a las disposiciones del parágrafo 3 del artículo 39 de la Ley 1474 de 2011 donde se señala que no podrán ser encargados o designados como alcaldes para proveer vacantes temporales o absolutas, quienes se encuentren en cualquiera de las inhabilidades a que se refieren los numerales 1, 4 y 5 del Artículo 37 de la Ley 617 de 2000, no se encuentra inhabilitado para ser designado como alcalde en reemplazo del alcalde que falleció, quien pertenece al comité electoral, toda vez que no existe una inhabilidad taxativa que lo prohíba. |