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Concepto 131151 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El encargo presenta un doble carácter, es decir, constituye una situación administrativa y también una modalidad transitoria de provisión de empleos; el encargo puede ser total o parcial, lo que indica que en el primer caso el funcionario se desprende de las funciones que le son propias y asume todas las del nuevo empleo y para el segundo caso, asume sólo una o algunas de ellas, así como que el encargo se produce por ausencia del servidor temporal o definitiva del cargo del cual es titular. Esta figura jurídica permite a la entidad sortear situaciones como las ausencias temporales, con el fin de no afectar la prestación del servicio, ni el correcto funcionamiento de la entidad, de manera que en caso de ausencia temporal, la entidad podrá hacer uso de esta situación administrativa en cualquier momento, cuando así lo requiera, situación que en todo caso se realizará mediante acto administrativo.