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Concepto 131101 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los jefes de cada entidad pública en este caso la institución educativa, está facultado para adecuar la jornada laboral de los servidores de acuerdo con las necesidades de la institución, para lo cual establecerán los horarios dentro de los que se prestarán los servicios, siempre y cuando se respeten las disposiciones contenidas en el Decreto 1042 de 1978. |