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Ley 1310 de 2009 - Nivel Nacional

Unifica las normas sobre agentes de tránsito y transporte y grupos de control vial de las entidades territoriales. Establece la actividad de Agente de Tránsito y Transporte como una profesión, la cual exige una formación académica. Señala que el Ministerio de Transporte, debe fijar los parámetros para actualizar el pénsum de capacitación, inducción, reinducción y formación técnica para ser agente de tránsito. Indica que las distintas autoridades de transito, ejercerán sus funciones en el territorio de su jurisdicción. Determina las funciones, jerarquía, creación e ingreso y uso de uniformes de los cuerpos de agentes de transito y transporte de las entidades territoriales, así como la moralización y sistema de participación ciudadana.