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Concepto 126271 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Le corresponde a la administración en la medida de sus posibilidades que las personas nombradas en provisionalidad en un cargo de carrera, que sean madres y padres cabeza de familia; que estaban próximas a pensionarse y las personas en situación de discapacidad puedan progresar en el empleo. Se admite la posibilidad de que se desvincule al servidor en provisionalidad, el ordenamiento jurídico y la jurisprudencia ha indicado que en el caso en que su cargo vaya a ser adjudicado a quien haya superado el concurso de méritos deberá tenerse en cuenta que: 1) Debe haber un acto administrativo motivado para la desvinculación del servidor público en provisionalidad, 2) las personas con una situación especial han de ser los últimos en removerse y 3) en la medida de las posibilidades, deben vincularse nuevamente en forma provisional en cargos vacantes de la misma jerarquía o equivalencia de los que venían ocupando. |