Filtros de búsqueda

Menos
Más
  • 125691 (1) [X]
Menos
Más
Menos
Más

Resultados

La búsqueda devuelve 1 resultados
Ordenar por: Relevancia | Fecha de expedición

Concepto 125691 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El valor correspondiente a las vacaciones que se disfruten será pagado, en su cuantía total, por lo menos con cinco (5) días de antelación a la fecha señalada para iniciar el goce del descanso remunerado. De manera que no es procedente el pago de las vacaciones antes de su causación.