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Ley 1251 de 2008 - Nivel Nacional

Dicta disposiciones para proteger, promover, restablecer y defender los derechos de los adultos mayores, orientar políticas que tengan en cuenta el proceso de envejecimiento, planes y programas por parte del Estado, la sociedad civil y la familia y regular el funcionamiento de las instituciones que prestan servicios de atención y desarrollo integral de las personas en su vejez. Señala que dentro de los 6 meses siguientes a la publicación de la citada ley, el Ministerio de la Protección Social, en coordinación con las Secretarías de Salud Departamentales, Distritales y Municipales, diseñarán un plan de ajuste para que las instituciones que actualmente prestan servicios a los adultos mayores se adecuen a su normatividad. De igual forma se creará el Consejo Nacional del adulto Mayor, del que hará parte entre otros, un representante de las entidades territoriales elegidos por departamento.