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Concepto 123711 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública El salario que debe devengar el jefe de control interno de una Alcaldía municipal, corresponderá a la remuneración prevista para el empleo en el acto administrativo que fije las escalas de remuneración para las entidades descentralizadas del municipio, el cual deberá corresponder al nivel, código y grado donde se ubique el empleo así como deberá fijarse dicha remuneración conforme a los límites máximos establecidos por el Gobierno Nacional. |