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Concepto 123081 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los grupos de trabajo deben ser creados a través de actos administrativos (resoluciones); estar conformados por mínimo cuatro (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, las cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente y el empleado debe pertenecer a la planta de personal. De otra parte, si se cumplen los presupuestos que se han indicado previamente, quien ejerza la coordinación de un grupo interno de trabajo, se le deberá otorgar el veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual. |